Temas de esta página
- Generales
- Aviso de apelación
- Tarifas
- Transmisión de registros
- Declaración consensuada del caso
- Aplazamiento del juicio
- Presentación de su caso
- Apelaciones escuchadas en el registro
- Alternativas a una apelación
General
Si pierde su caso en el tribunal de distrito y no está de acuerdo con la decisión del tribunal de distrito, puede presentar una apelación ante el tribunal de circuito. Este artículo se enfoca en apelar una decisión en casos civiles. Si bien existen similitudes para las apelaciones de casos penales, también existen algunas diferencias muy importantes.
Los hechos y circunstancias específicos de su situación determinarán qué opciones están disponibles para usted. Este artículo aborda la situación más común de apelar un caso civil del Tribunal de Distrito ante el tribunal de circuito. Tenga en cuenta que hay excepciones a la situación común. Para cualquier apelación, hay pasos y plazos específicos. Revise las Reglas de Maryland con cuidado.
Evalúa tu situación antes de elegir apelar tu caso. Si manejó su propio caso anteriormente, considere buscar un abogado para la apelación o consultar con un abogado para determinar si la apelación vale su tiempo y energía. Si maneja su propia apelación, espere dedicar una cantidad significativa de tiempo a su caso, incluido el tiempo para la investigación legal.
Aviso de apelación
Para iniciar una apelación en un caso del Tribunal de Distrito, la parte que elige apelar (el "apelante") debe presentar un Aviso de apelación, Formulario DC-CV-037 (Apelación civil/Solicitud de transcripción), dentro de los 30 días posteriores a la publicación del fallo. Asegúrese de notificar adecuadamente a la otra parte. Si no cumple con la fecha límite, el Tribunal de Distrito puede anular su notificación de apelación.
Si una parte presenta un aviso de apelación a tiempo, la otra parte puede presentar un aviso de apelación dentro de los 10 días posteriores a la fecha en que se presentó el primer aviso de apelación. Si las Reglas de Maryland permiten un período de tiempo más largo, entonces se aplica el período de tiempo más largo.
Lea la regla: Md. Regla 7-103; 7-104
NOTA: Se pueden aplicar diferentes plazos a ciertos tipos de casos del Tribunal de Distrito. Por ejemplo, los plazos para una apelación de un asunto de arrendador/inquilino dependen del tipo de acción de arrendador/inquilino (por ejemplo, el período de apelación para una acción por falta de pago del alquiler es de cuatro días).
Lea la ley: Md. Código de Bienes Raíces 8-401
Si tenía un codemandante o un coacusado y no desea presentar una apelación, aún puede presentar una apelación por su cuenta. No es necesario que se unan a su apelación.
Lea la regla: Md. Regla 7-106
Si está apelando ante el tribunal de circuito, apelará ante el tribunal de circuito del condado (o la ciudad de Baltimore) en el que se tomó la decisión del tribunal de distrito.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 12-403
Tarifas
Hay tarifas de presentación tanto para el tribunal de distrito como para el tribunal de circuito. Si elige apelar su caso y cree que no puede pagar los costos de presentar una apelación, puede solicitar que se elimine el requisito de que estos costos se paguen por adelantado.
Si no paga las tarifas requeridas u obtiene una exención de tarifas, el Tribunal de Distrito puede anular su notificación de apelación.
Lea la regla: Md. Regla 7-103
Recuerde, si se aprueba su solicitud, la exención solo elimina el requisito de pagar los costos de presentar una apelación por adelantado. Es posible que aún tenga que pagar las tasas judiciales al final de la apelación, a menos que el tribunal ordene a la otra parte que pague dichas tasas y costos. Existe un proceso para solicitar al tribunal una exención final de los costos al final del caso. Obtenga más información sobre las exenciones de tarifas de presentación.
Transmisión de registros
Una vez que se hayan pagado todas las tarifas, el secretario del tribunal de distrito enviará el expediente al tribunal de circuito. Una vez que el tribunal de circuito recibe el expediente, la apelación se agregará al expediente del tribunal de circuito.
A menos que haya recibido una exención de pago por adelantado, antes de que el secretario del Tribunal de Distrito transmita el expediente, debe pagar el costo de la preparación de una transcripción, si es necesaria una transcripción para la apelación. La preparación de la transcripción puede ser un gasto significativo, pero una transcripción puede ser útil ya que proporciona al tribunal de circuito toda la información sobre el caso.
El Tribunal de Distrito debe transmitir el expediente dentro de los 60 días posteriores a la notificación de la apelación. La oficina del secretario realiza la transmisión real, pero es su responsabilidad asegurarse de que se realice a tiempo. Si necesita más tiempo, puede pedirle al tribunal de distrito o al tribunal de circuito que extienda este período de tiempo. Tenga en cuenta que si el registro no se transmite correctamente debido a su negligencia, el Tribunal de Distrito puede anular su notificación de apelación.
Lea la regla: Md. Regla 7-103; 7-105
Declaración consensuada del caso
Si las partes de la apelación pueden acordar una declaración del caso, es posible que no sea necesaria la transmisión de todo el expediente. La Norma 7-109 de Maryland recomienda encarecidamente a las partes que acepten dicha declaración, que describe cómo surgieron las preguntas de la apelación y cómo las resolvió el tribunal. Si las partes pueden ponerse de acuerdo, presente una declaración acordada del caso ante el Tribunal de Distrito. En este escenario, el expediente de apelación consistiría en la declaración acordada del caso, la sentencia del Tribunal de Distrito y cualquier opinión emitida por el Tribunal de Distrito. Sin embargo, tenga en cuenta que el tribunal de circuito aún puede solicitar al tribunal de distrito que transmita todo o parte del registro para complementar el registro de apelación.
Lea la regla: Md. Regla 7-109
Suspensión del juicio
Un fallo se suspende automáticamente durante 10 días. La parte ganadora puede intentar hacer cumplir una sentencia durante el proceso de apelación a menos que el apelante tome ciertas medidas. Luego, un apelante generalmente presenta una fianza sustitutiva (o alguna otra garantía) ante el Tribunal de Distrito para continuar con la suspensión de la ejecución de la sentencia durante la apelación. Hay muchos detalles en este proceso; revise cuidadosamente las Reglas de Maryland. El tribunal de circuito tiene la autoridad final para pronunciarse sobre la fianza sustituida.
Lea la regla: Md. Regla 7-111; 8-423
Presentación de su caso
Por lo general, la apelación se intentará de novo, lo que significa que presentará su caso nuevamente ante el tribunal de circuito. El tribunal de circuito no revisará lo sucedido en el Tribunal de Distrito. Obtenga más información sobre cómo preparar y presentar su caso.
Hay excepciones. El tribunal de circuito escuchará la apelación en el expediente, lo que significa que el tribunal de circuito revisará lo que sucedió en el Tribunal de Distrito, en lugar de escuchar nueva evidencia, para los siguientes asuntos:
- una acción civil en la que el monto en controversia supera los $5,000 sin incluir intereses, costos y honorarios de abogados si los honorarios de abogados son recuperables por ley o contrato;
- cualquier asunto que surja de las solicitudes de mandato judicial para la reducción de molestias;
- cualquier acción civil o penal en la que las partes acuerden apelar con base en el expediente;
- una apelación de una orden o sentencia de desacato penal directo si la sentencia impuesta por el Tribunal de Distrito fue de menos de 90 días de prisión; y
- una apelación por parte del Estado de una sentencia que anula o desestima un documento de acusación o concede una moción de desestimación en un caso penal.
Lea la regla: Md. Regla 7-102
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 12-401
Apelaciones escuchadas en el registro
Para las apelaciones que se escuchan en el registro, se requiere una transcripción del procedimiento del Tribunal de Distrito.
Si no hay una declaración acordada, el apelante debe presentar un memorando legal que explique su apelación. La otra parte de la apelación, conocida como el apelado, puede responder al memorando legal. Si desea tener la oportunidad de presentar sus argumentos en persona, cualquiera de las partes puede solicitar un argumento oral en el tribunal de circuito. Revise las Reglas de Maryland, en particular la Regla de Maryland 7-113, para conocer los requisitos específicos, incluidos los plazos.
Para una apelación en el expediente, el tribunal de circuito puede:
- desestimar el recurso;
- afirmar la sentencia (es decir, confirmar la decisión del Tribunal de Distrito);
- anular o revocar la sentencia;
- modificar la sentencia;
- devolver el fallo (es decir, devolverlo al Tribunal de Distrito para que lo reconsidere, actuando de acuerdo con la opinión del tribunal de circuito); o
- una combinación de lo anterior.
Lea la regla: Md. Regla 7-113
Alternativas a una apelación
Dependiendo de su situación, si no está de acuerdo con la decisión del Tribunal de Distrito, es posible que tenga otras opciones además de una apelación.
Petición para modificar o modificar la sentencia : debe presentar la moción dentro de los 10 días posteriores a la publicación de la sentencia. Puede presentar esta moción con una moción para un nuevo juicio. El Tribunal de Distrito tiene mucha discreción con respecto a conceder esta moción. Si se concede, el tribunal puede abrir el fallo para recibir pruebas adicionales, modificar sus conclusiones, modificar los motivos de la decisión, agregar nuevas conclusiones o motivos, modificar el fallo o dictar un nuevo fallo.
Lea la regla: Md. Regla 3-534
Moción para un nuevo juicio : debe presentar la moción dentro de los 10 días posteriores a la publicación de la sentencia. Puede presentar esto con una moción para modificar o modificar el fallo. Debe incluir todos los motivos (p. ej., todos los motivos en apoyo de un nuevo juicio) en esta moción. No puede agregar motivos adicionales sin el permiso del tribunal. Si el tribunal concede la moción, el tribunal puede anular todo o parte del fallo y conceder un nuevo juicio sobre todos o algunos de los asuntos. Si se concede un nuevo juicio parcial, entonces el tribunal puede ordenar la entrada de la sentencia para los asuntos restantes o suspender la entrada de la sentencia hasta después del nuevo juicio.
Lea la regla: Md. Regla 3-533
Si han transcurrido 10 días desde que se dictó sentencia:
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Es posible que pueda presentar una moción dentro de los 30 días posteriores a la publicación de la sentencia solicitando que el tribunal ejerza su poder de revisión para abrir la sentencia para recibir evidencia adicional, enmendar sus hallazgos, enmendar los motivos de la decisión, agregar nuevos hallazgos o razones, enmendar la sentencia, o dictar una nueva sentencia.
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Si ha habido fraude, un error o una irregularidad, puede presentar una moción en cualquier momento para solicitar al tribunal que ejerza su poder de revisión.
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Si hay pruebas recientemente descubiertas que no pudieron haber sido descubiertas con la diligencia debida a tiempo para presentar una moción para un nuevo juicio, entonces puede presentar una moción dentro de los 30 días posteriores a la publicación de la sentencia solicitando que el tribunal conceda una nuevo juicio.
Lea la regla: Md. Regla 3-535